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FACTURAR
Buenas tardes puedo facturarle a un cliente que diga cese temporal en la pagina de la DGII, factura a Crédito Fiscal
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Buenas tardes puedo facturarle a un cliente que diga cese temporal en la pagina de la DGII, factura a Crédito Fiscal
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 meses
Buenas tardes, Santa. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que no puede facturarle a un cliente que se encuentre en estado de cese temporal. Esto, por motivo de que un contribuyente en cese temporal no está en la facultad de realizar transacciones comerciales, por lo que deberá indicarle a su cliente que debe regularizar su condición antes de poder emitirle el comprobante.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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