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Facturar con ITBIS
Buen día estimados, somos una empresa corredora de seguros, nuestra actividad económica se encuentra bajo el código 672204 - CORREDORES DE SEGUROS. Queremos emitir una factura válida para crédito fiscal a favor de una empresa relacionada domiciliada en RD por el concepto de recuperación de gastos de salario que hemos estado asumiendo desde enero a octubre de este año. La duda es la siguiente: ¿Debemos incluir el ITBIS en dicha factura, o podemos facturar exento de este impuesto?
Quedo atento a su pronta respuesta.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.5K Mensajes
hace 27 días
Buenos días, Guillermo. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, si es por el concepto de reembolso de los salarios pagados a sus empleados, los mismos no se encuentran gravado con ITBIS.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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