1 Mensaje
FACTURAR CON ITBIS A UNA CLINICA DENTAL
Buenas tardes y bendiciones para todos.
Quiero hacer una consulta, porque le estoy haciendo la factura de unos kits promocionales (t-shirt´s, termos, lapiceros y libretas) a una Clínica Dental y quiero saber si debemos facturarle con ITBIS o no.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
28.8K Mensajes
hace 21 días
Buenas tardes. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que podrá facturar con exención de ITBIS bienes o servicios que se encuentren gravados en caso de que el cliente le presente una certificación de exención de ITBIS que Impuestos Internos haya emitido para la venta o prestación de servicio en específico que se vaya a realizar o un carné de exención de ITBIS vigente que Impuestos Internos le haya otorgado.
Por lo general, las clínicas dentales lucrativas no se encuentran exentas de ITBIS en sus compras locales, no obstante, en caso de que le corresponda alguna exención por aplicar a alguna ley de incentivo, deberá demostrarlo mediante uno de los documentos indicados en el párrafo anterior.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
0
0