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Facturar a España servicios profesionales
Saludos,
Soy un desarrollador de software que ha adquirido recientemente un contrato mercantil con una empresa española. Básicamente, brindo mis servicios profesionales a esta empresa y mensualmente debo enviarles una factura para cobrar por mis servicios.
Me gustaría obtener información sobre los impuestos que debo pagar como persona física por un servicio profesional ofrecido a una empresa en España. Me han mencionado que actualmente existen tratados con España, y me gustaría saber qué impuestos debo abonar.
Agradezco de antemano su ayuda.
¡Gracias!
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Johan. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, existe el Convenio entre el Reino de España y la República Dominicana para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta, en el cual, para la situación planteada, es en la República Dominicana donde le corresponde realizar las declaraciones y los pagos con ocasión de la prestación del referido servicio desde territorio dominicano.
Para obtener una respuesta vinculante por parte de esta Dirección General, le convidamos a que realice una consulta técnica, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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