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FACTURADOR ELECTRONICO
Saludos,
Solicito aclaración sobre el procedimiento de retención aplicable a un proveedor que posee RNC físico y ya es emisor electrónico (emite e-CF), considerando que mi empresa aún es receptora no electrónica.
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Saludos,
Solicito aclaración sobre el procedimiento de retención aplicable a un proveedor que posee RNC físico y ya es emisor electrónico (emite e-CF), considerando que mi empresa aún es receptora no electrónica.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
25.9K Mensajes
hace 4 días
Buenas tardes, Alexandra. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que si su empresa es lucrativa privada debe efectuar las retenciones a emisores electrónicos de la misma manera que a los no electrónicos.
Los emisores electrónicos solo están exceptuados de la retención de Impuesto Sobre la Renta que efectúan las entidades estatales.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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