martes, 12 de mayo de 2026

FACTURACION ELECTRONICA

Estimados señores:

Por medio de la presente, deseamos consultar si una empresa registrada como contribuyente ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), que actualmente no realiza operaciones comerciales, no genera ingresos ni gastos y únicamente mantiene inmuebles registrados a su nombre, está obligada a acogerse al sistema de facturación electrónica y convertirse en emisor electrónico.

Agradeceríamos nos puedan indicar si, bajo estas condiciones, existe la obligación de implementar facturación electrónica o si aplica alguna excepción conforme a la normativa vigente.

Quedamos atentos a sus comentarios.

 

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Solución oficial

Buenas tardes, Ivelisse. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que, si la empresa tiene una actividad económica que no se encuentra exceptuada de la emisión de comprobantes fiscales, deberá acogerse a Facturación Electrónica o definir su condición, sea solicitando un cese temporal o un cese definitivo.


Importante: En caso de solicitar cese temporal, no se le requerirá implementar facturación electrónica mientras el mismo se encuentre vigente, no obstante, tan pronto como culmine el tiempo de su cese temporal, en caso de no ser renovado, la empresa deberá encontrarse lista para emitir comprobantes electrónicos.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)