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jueves, 23 de octubre de 2025

Cerrado

FACTURACION ELECTRONICA

ofrezco servicios de asesoria a empresas,

voy a facturarle el servicio de configuracion y gestion del proceso de facturacion electronica a una empresa,

este servicio debe ser grabado con ITBIS ?

partiendo de que se trata de un servicio tecnologico.

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hace 2 meses

Sí. Los servicios digitales no se encuentran enlistados como servicios exentos del Impuesto sobre las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), según el artículo 344 del Código Tributario; por lo que les son aplicables las disposiciones del Código Tributario y del Reglamento Núm. 293-11 para la Aplicación del Título III del referido Código.