martes, 26 de septiembre de 2023

Cerrado

Facturacion del Itbis en cubicación de una obra. NORMA 07-2007

Muy buenas tardes, me gustaria saber si ¿Queda exenta de la facturación del ITBIS,los COSTOS INDIRECTOS aplicados a una obra? Digase gastos administrativos, seguros y fianzas imprevistos entre otros.

O se le aplicaria el 18% del 10% del VALOR TOTAL facturado ya sean costos directos o indirectos de la obra.

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Solución oficial

Buenos días, Judith. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que debe realizar la retención del 10% al total cubicado, la base imponible para la determinación del ITBIS aplicando la Norma 07-2007, es considerando el monto total de los trabajos facturados (incluyendo costos directos e indirectos).

 

Base Legal: Art. 4 de la Norma 07-2007.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

 

88 Mensajes

hace 2 años

hola,

En el mundo de la construcción existen dos tipos de contratos fundamentales:

- Contrato de obra por administración. En este modelo de contratación el constructor se encarga de supervisar y administrar la construcción, para lo cual sus honorarios serán un porcentaje pactado del costo total de la obra. Este en un contrato fácil de administrar y recomendado para obras pequeñas. Pero requiere que el propietario realice una supervisión precisa de los gastos realizados.

- Contrato de obra a todo costo: En este modelo de contratación el constructor se encarga de los costos de mano de obra en el lugar de la construcción, comprendiendo también la supervisión que allí se lleve a cabo; costos de los materiales usados en la construcción;  costos de diseño y asistencia técnica que estén directamente  relacionados con el contrato, etc.

En virtud del tipo de contrato acordado la Norma General 7-2007 establece formas diferentes de facturar el ITBIS por parte de la constructora o ingeniero que realiza la cubicación.