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jueves, 19 de marzo de 2026

Facturación

Saludos,

Soy persona física acogida al RST en la actividad de movimientos de suelo (excavaciones, remoción de material, etc.).

En caso de realizar un trabajo para una empresa constructora por un monto de RD$30,000.00, me surgen las siguientes dudas:

¿Quién debe emitir la factura en el facturador gratuito, yo o la empresa constructora?

¿Aplica alguna retención de impuestos en este caso?

De ser así:

¿Qué impuesto exactamente se debe retener?

¿Quién es responsable de reportarlo ante la DGII?

En caso de que sea yo quien emita la factura, ¿debo reflejar en la misma la retención que me realice la empresa, o la factura se emite por el monto total sin incluir dicha retención?

Agradecería una orientación clara y precisa sobre qué impuesto aplica en este caso en particular, explicado de manera práctica.

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Solución oficial

Buenos días, Luz. Disculpe la demora.

 

En atención a su consulta, le informamos que la factura debe ser emitida por usted, quien está recibiendo el pago. En esta factura no es necesario colocar la información de la retención, sino que la retención estará sustentada en la carta de retención que debe entregarle la empresa constructora que efectuará la retención. 

 

Las retenciones aplicables a esta transacción serán un 2% del monto facturado, correspondiente a Impuesto Sobre la Renta (ISR), y el total del ITBIS facturado, conforme a lo establecido en la Norma 07-07, aplicable a las transacciones de constructoras. Estas retenciones deben ser reportadas por ambas partes, pero el pago corresponderá a la constructora.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)