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FACTURACIÓN TRASPORTE TECNICO
Hola, una institución sin fines de lucro, de servicios múltiples, rentará a otra institución de servicios múltiples un activo, el cual será transportado por un personal técnico, pregunto:
Este monto por el transporte incluido en la factura, debe formar parte del monto imponible para el itbis?
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 año
Buenas tardes, Juan. Gracias por contactarnos.
Cuando el servicio de transporte es brindado como una prestación accesoria, se facture o no por separado forma parte de la base imponible para el cálculo del ITBIS, es decir, debe facturar transparentando el impuesto.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle.
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