viernes, 5 de diciembre de 2025

Cerrado

Facturación empresa Constructora

Las empresas constructoras que ofrezcan servicios de bote de materiales pueden facturar esos ingresos según la norma 07-07?  

O deben facturar ese servicio cobrando el 18% del Itbis.

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Solución oficial

Buenas tardes, Gladis. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, si se refiere a la disposición de facturar el ITBIS con base en el 10% del valor del servicio, que establece el artículo 4 de la norma, le informamos que esta disposición aplica específicamente a servicios de construcción que incluyan materiales. Por lo que, no siendo este tipo de servicio, no corresponde la aplicación de esta disposición.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 7 días

Puedo facturar ese servicio de bote de materiales exento de Itbis?

Buenas tardes, Gladis. Gracias por contactarnos.

 

Tratándose tanto de un servicio de transporte de carga como de un servicio de recogida de desechos o basura, si es prestado como principal y no como prestación accesoria de otro servicio, estaría exento de ITBIS.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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