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Facturación Electronica
Tengo una consulta: yo como usuario, qué debo validar de una factura electrónica para saber si la misma cumple con lo establecido por la DGII?
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Tengo una consulta: yo como usuario, qué debo validar de una factura electrónica para saber si la misma cumple con lo establecido por la DGII?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 años
Buenas tardes, Rossette. Gracias por contactarnos.
Le informamos que las condiciones que debe cumplir el software de Servicios de Facturación Electrónica son las siguientes:
• Debe ser un software que permita la elaboración, emisión, consulta y uso de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF).
• Para el intercambio de informaciones o comunicación:
Utilizar el lenguaje extensible de marcas (XML).
- Usar REST API para fines de comunicación.
- Trabajar sobre SSL (usar HTTPs).
• Debe crear los servicios web a utilizar en cada ambiente y estructurar según el estándar, conforme a lo especificado en los requerimientos generales del documento de Descripción Técnica de Facturación Electrónica, el cual se encuentra publicado en el portal web institucional de la DGII.
El software de facturación debe estar certificado por DGII y cumplir con la normativa que regula la Emisión y el uso de los Comprobantes fiscales electrónicos (e-CF).
A los fines los contribuyentes podrán:
Desarrollar su propio sistema, previa autorización de la DGII y cumplimiento de los requisitos establecidos para la emisión y recepción de e-cf.
Implementar un sistema de facturación a través de un proveedor de servicios de facturación electrónica autorizado.
Utilizar el facturador gratuito, previo el cumplimiento de las condiciones establecidas para utilizar esta herramienta.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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