miércoles, 24 de junio de 2026

Facturación Electrónica

Estimados,

Solicito su orientación respecto al calendario de implementación de la facturación electrónica establecido en la Ley núm. 32-23 y las prórrogas otorgadas por la DGII.

Mi duda surge debido a que la Ley establece un plazo para los "Grandes Contribuyentes Locales y Medianos Contribuyentes" hasta el 15 de mayo de 2025; sin embargo, en el comunicado sobre la prórroga de seis meses se hace referencia a las "micro, pequeñas y medianas empresas".

Agradecería aclarar si el término "Medianos Contribuyentes" utilizado en la Ley núm. 32-23 es equivalente al concepto de "Medianas Empresas" mencionado en el comunicado de prórroga, o si se trata de clasificaciones diferentes.

Asimismo, agradecería indicar cuál es la fecha límite aplicable para los contribuyentes clasificados como Medianos Contribuyentes por la DGII.

Muchas gracias por su atención.

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Solución oficial

Buenos días, Starlin. ¡Gracias por contactarnos!
 

En atención a su consulta, su comparación no es equivalente. El grupo de grandes contribuyentes locales y medianos cuenta con una consulta que le permite identificar si se encuentra dentro de este o no. En caso de ser afirmativo, ya debería estar facturando mediante la facturación electrónica. El plazo ofrecido solo fue para los contribuyentes del último grupo, que son considerados pequeños, micros y no clasificados (el resto de contribuyentes no considerados en los dos primeros grupos). Para disipar su duda, le exhortamos a consultar con su RNC mediante el siguiente enlace:

 

Grandes Contribuyentes Locales y Medianos Obligados a Implementar Facturación Electrónica

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.