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Facturación electrónica (ingresos e ITBIS)
Si ya tengo facturación electrónica y no envío los 607, los ingresos y el ITBIS pasan directos al IT-1 y tengo que digitarlos al hacer el envío del mismo?
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Si ya tengo facturación electrónica y no envío los 607, los ingresos y el ITBIS pasan directos al IT-1 y tengo que digitarlos al hacer el envío del mismo?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 7 días
Buenos días, Winston. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, a partir de la autorización para el uso de facturación electrónica, las operaciones que antes se reflejaban en el anexo A producto del 607 se deben colocar manualmente.
Nota: en caso de que en el mismo mes de autorización tenga facturación tanto de serie B como de serie E, se debe reportar el formato 607 con los comprobantes de serie B y en el anexo A del ITBIS se coloca la totalidad de la facturación tanto de serie B como de serie E.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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