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Facturación de persona física recién acogida al RST
Hola,
Me acabo de dar de alta como persona física desde el 1ro de noviembre 2025. También me incorporé al RST e hice el alta de NCF. No he hecho una factura aun, pero tengo algunas dudas sobre cómo proceder.
En primer lugar, di un servicio en octubre que "facturé" durante el mes de octubre, pero el pago me lo hicieron en noviembre. Me retuvieron el 10% correspondiente a ISR y ellos reportan el ITBIS. Me dicen que no necesito reportarlo en el RST porque fue anterior a que me diera de alta. ¿es correcto?
En segundo lugar, a partir de ahora será la primera vez que estaré emitiendo facturas formales.
- ¿Qué información debo incluir en estas? ¿El costo de mi servicio sería el subtotal, luego el ITBIS que ellos retendrán, y totalizar?
- ¿Ellos me seguirán reteniendo el 10% o no porque ya estoy en el RST?
- ¿Debo incluir un NCF? ¿Qué tipo de NCF debo hacer (crédito fiscal, consumo, etc.)?
- ¿El facturador gratuito sirve para esto? ¿Puedo hacer mis facturas en un formulario digital propio y poner el NCF o la información que corresponda? No emitiré facturas en físico.


Oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 mes
Buenos días, Giselle. ¡Gracias por contactarnos!
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