miércoles, 21 de octubre de 2026

Factura zona franca

Agradecería su orientación respecto al tratamiento fiscal aplicable cuando una empresa acogida al régimen de zonas francas desea prestar servicios profesionales de ingeniería y automatización industrial a una empresa del régimen tributario ordinario, ubicada en el mercado local.

En este sentido, quisiera confirmar lo siguiente:

  1. ¿Qué tipo de comprobante fiscal debe emitir la empresa de zona franca por estos servicios? ¿Corresponde emitir un comprobante de crédito fiscal (E31) y facturar el ITBIS, cuando aplique?

  2. Si se emite un comprobante E31, ¿la empresa receptora debe efectuar una retención del ISR del 10 % sobre el pago, aun cuando ambas empresas sean personas jurídicas? ¿Cuál sería el fundamento legal aplicable, considerando el régimen fiscal de la empresa prestadora?

  3. ¿Los ingresos provenientes de estos servicios deben reportarse en el formulario RZF-01 como operaciones realizadas en el mercado local? De ser así, ¿cómo deben declararse?

Agradecería que me indicaran las disposiciones legales aplicables a este tipo de operaciones, a fin de cumplir correctamente con las obligaciones fiscales correspondientes.

Saludos cordiales.

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Solución oficial

Buenos días, Alexandra. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que las zonas francas que presten servicios en el mercado local deben facturar con comprobante válido para crédito fiscal del tipo que requiera el cliente, según su condición, con el ITBIS que aplique según el servicio facturado. En este caso, no deberá efectuarse retención del 10% por concepto de Impuesto Sobre la Renta, ya que, entre personas jurídicas no estatales, no aplica retención de Impuesto Sobre la Renta por la prestación de servicios.

 

Los ingresos provenientes de estos servicios deben ser reportados en el formulario RZF-01, como operaciones realizadas en el mercado local, tratándose de una zona franca de exportación. Para conocer a más detalles cómo deberá considerar estos ingresos en la declaración, deberá obtener asistencia de la Unidad de Fiscalización de la administración local a la que pertenezca, por ser el área facultada para ofrecer asistencia con el llenado de declaraciones juradas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

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