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Factura gubernamental con dos actividades diferentes
Buenos días, una persona física emitió una factura gubernamental B15, en donde hay compra de bienes y servicio de alquiler, en una sola factura, debería dividir las retenciones de ambos o retener el 100% del itbis y englobar el ISR?


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 5 horas
Buenos días, Leandra. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que deberá hacer distinción entre los bienes y servicios facturados, ya que corresponderá retención de ITBIS únicamente por los servicios prestados, mientras que la retención de renta sí deberá efectuarse por ambos conceptos.
Importante: En caso de que el servicio se trate de una prestación accesoria a la venta del bien, sí recibirá el mismo tratamiento de la venta del bien.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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