18 Mensajes
FACTURA EMITIDA EN UN MES Y PAGADA LA SIGUIENTE
Tengo una factura por el pago de un servicio a un proveedor PST de fecha 10/07/2023, y la pagamos con la debida retención del ITBIS el 01/08/2023. dicha factura no fue reportada en el mes de Julio, sino que se esta reportando ahora en el mes de agosto 2023, tal como fue el pago, nuestro contador me dice que esa factura ocasionara una inconsistencia en el mes de julio porque se tiene que rectificar el ITBIS de ese mes (JULIO) para poder presentarla.
Me pueden orientar en como seria el procedimiento, ya que tengo la duda puesto que el pago y retención se realizaron en el mes de agosto??
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
485 Mensajes
hace 3 meses
Buenos días, Maria. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, las facturas a crédito se deben reportar de la siguiente manera:
Formato 606
Formato 607
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
2
Solución aceptada
Maria Del Carmen
18 Mensajes
hace 3 meses
Entonces, me pueden aclarar si lo que procede es, un reenvió del 606 correspondiente al mes de Julio 2023 sin afectar la columna de ITBIS, y enviar la factura nuevamente en el 606 de Agosto 2023, con todos los campos correspondientes?
Otra cosa el reenvió del 606 del mes de julio, NO implica que debo rectificar el ITBIS, aunque esa factura se paga y presenta en el mes de agosto?
2