lunes, 5 de octubre de 2026

Factura a empresa internacional

Tengo que facturar a una empresa internacional unos servicios que incluyen equipos, pero el valor de los equipos está en el servicio que le voy a facturar. La pregunta es puedo facturar con un comprobante E32, y no factura itbis. Gracias.

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenas tardes, Pablo. Disculpe la demora.

 

 A fin de ofrecerle la orientación correspondiente, por favor detállenos cuál sería el servicio, dónde sería prestado, cuáles serían los equipos que se encuentran incluidos en el mismo y de qué manera se encuentran estos relacionados.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Buenos días, Pablo. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 3 horas

Gracias por su atenta repuesta, 

Es una empresa de tecnologia, que ganó la licitacion de Supervision, para la realización de unos trabajos a una empresa extrangera, de desarrollo de los planos de seguridad y Supervision y a la vez le suplirá los equipos que puedan ser requeridos. La pregunta es si esos honorarios pueden ser facturados con comprobantes E32 y sin itbis.

Buenas tardes, Pablo. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que los honorarios por el servicio deben ser facturados en comprobante E32, y no deberá gravar con ITBIS el servicio siempre y cuando sea prestado desde el territorio dominicano para ser utilizado y consumido exclusivamente en el exterior por persona física o jurídica no domiciliada ni residente en la República Dominicana. Para que aplique la exención, el pago del servicio debe ser con renta de fuente extranjera y no puede afectar renta ni gastos en República Dominicana, en virtud del Decreto 293-11, Art. 14, literal (j).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)