Perfil de Cristhian Castillo

martes, 17 de enero de 2023 13:55

Cerrado

Fabricación de aparatos electrónicos y accesorios eléctricos

Buenos días

Una empresa que se dedica a la fabricación de aparatos electrónicos y accesorios eléctrico. La misma es contratada por otra persona jurídica, esta última debe retener ITBIS por la contratación de estos servicios?

Solución oficial

Buenos días, Cristhian. Gracias por contactarnos.

 

Para asegurar la calidad de la respuesta, por favor especifíquenos con mayor detalle y claridad su pregunta, exactamente si es un servicio de reparación de aparatos electrónicos y accesorios eléctricos o está vendiendo estos productos terminados.

 

Nota: Quedamos a la espera de su comentario para dar continuidad a tu consulta. En caso de no recibir respuesta de su parte en un lapso de 24 horas, procederemos a cerrar tu caso.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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@Comunidad de Ayuda DGII​  la empresa se dedica a la fabricación de aparatos electrónicos y accesorios eléctrico. En este caso nos vende las partes y elabora el aparato o accesorio eléctrico.

Buenos días, Cristhian. Gracias por contactarnos.

 

Considerando que, la operación de compra de las materias primas es una transacción totalmente independiente de la venta del producto terminado, en la venta de bienes entre Personas Jurídicas no aplica retención del referido impuesto.

 

Base Legal: Norma General 02-05, Arts.1, 3 y 6 modificada por la Norma General 07-09 y la Norma General 13-07; Norma General 01-11, Art. 1; Resolución 41-14, Art. 4. , Reglamento 264-19, Art. 9, Párrafo II.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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Muchas gracias!!!

Buenos días, Cristhian.

 

Gracias por confiar en nosotros y utilizar nuestros servicios.

 

¿Desea contestar una breve encuesta para ayudarnos a seguir mejorando su experiencia en la Comunidad de Ayuda? Queremos escucharle, ¡sólo le tomará 1 minuto! http://ms.spr.ly/61212jZw9Y).

 

Agradecemos de antemano sus comentarios, con su apoyo, cada día nos convertimos en una administración más cercana al contribuyente y ciudadano, asumiendo el compromiso de brindar servicios de calidad para ser referentes en transparencia y eficiencia.

 

¡Para nosotros es un placer servirle!

 

Comunidad de Ayuda DGII.