jueves, 8 de octubre de 2026

Explicame como empezar el periodo de prueba en el Facturador Gratuito?????

Que pasos debo dar para empezar con el periodo de pruebas????

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Buenos días, Ingrid. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, en el sistema de Facturador Gratuito no existe un período de prueba. Una vez usted complete el proceso de certificación, podrá comenzar a emitir facturas electrónicas a través de la plataforma.

 

Antes de emitir facturas, deberá solicitar las secuencias de comprobantes fiscales correspondientes. Una vez dichas secuencias sean aprobadas, podrá acceder al sistema y realizar la emisión de sus facturas.

 

Puede solicitar los NCF y e-CF a través de la siguiente vía:

 

Por la Oficina Virtual, realizando los pasos indicados a continuación:

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú Solicitudes, seleccione la opción Comprobantes Fiscales.
  3. Complete el formulario que se mostrará en pantalla y presione el botón Agregar.
  4. Presione el botón Enviar Solicitud.
  5. El sistema mostrará un mensaje confirmando que su solicitud está siendo validada, junto con el número de solicitud para fines de seguimiento.

Nota: Las solicitudes de e-CF únicamente pueden realizarse a través de la Oficina Virtual.

 

Asimismo, en el siguiente enlace podrá visualizar el instructivo que le ayudará a conocer el proceso de emisión de facturas dentro del Facturador Gratuito.

 

 Instructivo Facturador Gratuito de FE

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)   

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx. 

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.