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lunes, 8 de diciembre de 2025

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EXONERACION DE ITBIS PARA UNA BARBERIA

Quisiera saber cuales son los paso para aplicar para la exoneración de itbis en una barbería, se puede hacer vía pagina, si la barbería vende productos también como se haría todo el proceso?

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Oficial

Buenos días, Ana. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que los servicios de peluquería se encuentran exentos en sí mismos, por lo que no será necesario solicitar exención para poder prestar este servicio sin ITBIS. No obstante, si la barbería también realiza la venta de productos gravados, los mismos se deben facturar con el ITBIS correspondiente. También deben facturarse con ITBIS los gastos en servicios y bienes gravados en los que incurra. Dicho ITBIS podrá llevarse al costo para ser deducido en la declaración de Impuestos Sobre la renta, en la proporción en la que los gastos a los que correspondan estén destinados a sus operaciones exentas.  

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.