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martes, 17 de octubre de 2023 14:16

Cerrado

Existe exención para la Retención del 27% en pagos internacionales

Para pagos de maestrías en el exterior, ¿se debe retener el 27% sin importar que se esta pagando servicios educativos?

Solución oficial

Buenos días, Tania. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que, se debe aplicar retención del Impuesto Sobre la Renta siempre que los pagos girados al exterior sean de renta de fuente dominicana, tales como:

 

  • Servicios educativos, en un 27%.
  • Adquisición de boletos aéreos, en un 27%.
  • Servicios de publicidad, en un 27%.
  • Arrendamiento del derecho de uso de marca (royalty), en un 27%.
  • Servicios de arrendamiento, asistencia técnica, entrenamientos, capacitaciones, mantenimiento para el uso, operación y funcionamiento de programas informáticos y software, en un 27%.
  • Comisiones bancarias y de transferencias a entidades en el exterior, en un 27%.
  • Pago por la suscripción anual de membresías, en un 27%.
  • Reservaciones de hoteles, en un 27%.
  • Dividendos, en un 10%.
  • Intereses, en un 10%.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)  



Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.  



Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 



¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!  



Es un placer servirle.