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lunes, 12 de julio de 2021 19:49

Cerrado

Exenciones que aplican a Instituciones que ofrecen Servicios de Salud

Saludos

Distinguidos(as):

Pregunto

¿Cuáles exenciones aplican para Instituciones que ofrecen Servicios de Salud?

Es decir, favor mencionar esos impuestos que no tienen que pagar por ofrecer servicios de salud.

Gracias Anticipadas

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes. Gracias por escribirnos.

 

Los servicios de salud y los servicios preventivos de salud se encuentran exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) de acuerdo con la Ley 11-92, Art. 344, modificado por la Ley 253-12, Art.25.

 

En ese mismo orden, le informamos que, las obligaciones fiscales de los contribuyentes dependen de varios factores, entre ellos, las condiciones en las que se encuentren inscrito. En ese sentido debe comunicarse con su oficial de control en la administración local que le corresponde, a fin de que este pueda realizar las verificaciones de lugar y brindarle la asistencia requerida.


Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.