jueves, 18 de marzo de 2021

Cerrado

Exenciones al impuesto por emisión de CO2

Buenas.

¿Existe algún documento donde se establezca que todos los vehículos de motor establecidos en este enlace https://ayuda.dgii.gov.do/conversations/vehculos-de-motor-informacin-general/ca2736-cules-vehculos-de-motor-se-encuentran-exentos-del-pago-del-impuesto-a-la-emisin-de-co2/5f3c175f8cd858ce879a1934, y también las motocicletas, están exentas de pagar este impuesto?

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Solución oficial

2.3K Mensajes

hace 5 años

Buenos días. Gracias por escribirnos.

 

La base legal es la Norma 06-12, Articulo 6.

 

Nota: este impuesto no aplica para motocicletas.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv 

 

Es un placer servirle.

Gracias por la respuesta. 

Pero me refiero a que la ley solo establece una parte de los vehículos exentos y en esta lista hay más. Lo que quisiera saber es si tienen un documento donde establezca que todas esas están también exentas. 

2.3K Mensajes

Buenos días. Gracias por escribirnos.

Las partidas arancelarias que no figuren en la Ley 253-12 o la Norma 06-12 fueron incluidas de forma administrativa por el acuerdo realizado entre esta Dirección General y la Asociación de Concesionarios de Fabricantes de Vehículos (ACOFAVE).

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Es un placer servirle.