5 Mensajes
Exencion del impuestos sobre la transferencias electrónicas y cheques
Buenos días estimados (as).
Esperando que se encuentren bien, les pido ayuda sobre el siguiente caso:
Según el articulo 382, de la ley 11-92 (Código Tributario de la RD) las transferencias de patrimonio realizadas para participar en el Mercado de Valores están exentas del impuesto 0.15% antes mencionado.
Cual seria el procedimiento para beneficiarse de dicha exención???
Ya que intento realizar una transferencia y el banco me lo retiene automáticamente.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
28K Mensajes
hace 5 años
Buenos días Jimmy. Gracias por contactarnos.
Del pago de este impuesto se excluyen el retiro de efectivo tanto en cajeros electrónicos como en las oficinas bancarias, el consumo de las tarjetas de crédito, los pagos a la Seguridad Social, las transacciones y pagos realizados por los fondos de pensiones, los pagos hechos a favor del Estado dominicano por concepto de impuestos, así como las transferencias que el Estado deba hacer de estos fondos y las transacciones realizadas por el Banco Central.
Estas exenciones son de manera automáticas.
Con relación a lo expuesto, para que puedan evaluar su transacción puntual, es necesario que por favor canalice su consulta con la Gerencia Legal, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
1. Formulario Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004), llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
Consideraciones Importantes
El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle, Jimmy.
0
0