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Exención impuesto transferencia inmueble CONFOTUR
Buenos días:
Soy extranjero residente en RD.
Estoy comprando un apartamento en Punta Cana que es parte de un complejo inmobiliario desarrollado con los beneficios previstos por la Ley 158-01 (CONFOTUR).
Para fines de poder realizar la transferencia del inmueble beneficiando de la exención del impuesto de transferencia inmobiliaria y del IPI prevista por dicha Ley, necesito que la DGII me indique con precisión todos los documentos que tengo que solicitar y obtener de parte del vendedor al momento de firmar el contrato definitivo de compraventa.
Quiero estar seguro que al momento de depositar el expediente en la oficina de DGII el mismo expediente esté completo.
El vendedor es un fideicomiso e interviene en el el contrato definitivo de compraventa también el desarrollador (persona júridica Dominicana).
Quedo a la espera de su respuesta.
Saludos atentos.
L. Moretti
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.5K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes, Lorenzo. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, para realizar la transferencia exenta debe agotar los siguientes pasos:
Paso I:
Solicitar la certificación de no aplicación del impuesto, depositando ante el Ministerio de Hacienda, la documentación que esa entidad le requiera.
Paso II:
Una vez obtenga la certificación de no aplicación del impuesto debe solicitar la transferencia del inmueble en la Unidad de Tasación de la Administración Local más cercana, presentando los siguientes documentos:
Importante:
Este procedimiento también aplica para las transferencias de inmuebles adjudicados por sentencias a este tipo de entidades.
Tiempo de respuesta:
15 días laborables.
Costo del servicio:
Gratuito.
Quienes pueden solicitar:
Personas Físicas y Jurídicas.
Cuando solicitar:
Según necesidad.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.5K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes, Lorenzo. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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