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Exención de ITBIS para una empresa de zona franca
Una empresa de zona franca va a realizar su fiesta de fin de año para sus empleados en un parque de diversión, piscina, alimentos y bebidas. ¿Le corresponde al exención del ITBIS a este servicio?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
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hace 9 meses
Buenas tardes, Danilo. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, la exención del pago de ITBIS se aplica exclusivamente a las compras de bienes v servicios que estén relacionados con la naturaleza de las actividades productivas de las empresas, es decir que todo bien o servicio que no esté relacionado con las operaciones productivas de la empresa de que se trate, no está exenta del pago del ITBIS correspondiente
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
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hace 9 meses
Buenas tardes, Danilo. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
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