viernes, 10 de julio de 2026

Cerrado

Excencion del ITBIS al Cemento asfaltico AC-30

Me gustaria saber apartir de que fecha se imprementa la excencion del ITBIS al  Cemento asfaltico AC-30, de la ley 30-26 promulgada el 18 de junio de 2026

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Nikaury. Disculpe la espera.

 

 En atención a su consulta, le informamos que la exención de ITBIS al cemento asfáltico AC 30 dispuesta por la Ley 30-26 se encuentra en vigencia desde la publicación en Gaceta Oficial de dicha ley, lo que ocurrió el pasado 19 de junio de 2026.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

2 Mensajes

Buenas tardes,
El artículo 36 de la Ley No. 30-26, en el código arancelario 2715.00.90, describe: "Manufacturas de asfalto, cemento asfáltico y similares. Los demás siempre que sean manufacturas de asfalto utilizados en pavimentación vial, cemento asfáltico AC-30, hormigón asfáltico caliente (HAC), asfalto modificado con polímeros PG-76-20 y demás derivados del AC_30".
Dado a que el RC-2 y el R-250  son derivados del AC-30, favor informarme expresamente si estos se encuentran incluidos en la exención?

(Editado)

Buenos días, Erik. Gracias por contactarnos. 

 

 En atención a su consulta, le informamos que, para obtener una respuesta vinculante por parte de esta Dirección General, y debido al nivel de análisis que requiere esta consulta, así como a los diversos factores que se deberán considerar, es necesario que solicite una consulta técnica. 

 

Para conocer cómo efectuar una consulta técnica, le invitamos a consultar la pregunta de esta comunidad que contiene la información detallada, haciendo clic en el siguiente enlace: CA1971 ¿Cómo puedo realizar una consulta técnica sobre leyes o impuestos en la DGII?

 

Importante: Con esta respuesta, esta pregunta será cerrada, debido a que la misma ya cumplió el tiempo de vigencia correspondiente, sin nueva interacción del consultante principal. En caso de que desee más información, le invtamos a publicar una nueva consulta en la que detalle sus dudas.

 

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(Editado)

Buenas tardes, Nikaury. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.

 

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2 Mensajes

hace 2 meses

El código arancelario describe: "manufacturas de asfalto, cemento asfáltico y similares. Los demás siempre que sean manufacturas de asfalto utilizados en pavimentación vial, cemento asfáltico AC-30, hormigón asfáltico caliente (HAC), asfalto modificado con polímeros PG-76-20 y demás derivados de AC_30".
Dado a que el RC-2 y el R-250  son derivados del AC-30, favor informarme expresamente si estos se encuentran incluidos en la exención?