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miércoles, 18 de diciembre de 2024 12:13

¿Están exentas en el IR-2 las ganancias recibidas por una SRL como socia de una cooperativa?

Si una empresa SRL es socia de una cooperativa y recibe ganancias al cierre del año por esta participación, ¿estas ganancias deben ser declaradas en el IR-2 o están exentas del impuesto sobre la renta en la SRL por de donde provienen?

¿Cual seria el correcto tratamiento de estos ingresos que genero la SRL que vienen por la participación de una cooperativa?

Solución oficial

Buenos días, Emmanuel. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, deben ser declaradas en el IR-2, sin embargo, no le serán contempladas para pagar nuevamente el Impuesto Sobre la Renta.

 

Si desea más información de en que casilla debe colocarla, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

 

 

@Comunidad de Ayuda DGII 8​ quiero aclarar que esos ingresos no pagarón impuestos sobre la renta en la cooperativa por esta esta excentos segun la LEY NO. 127 DEL 27 DE ENERO DE 1964)?

de igual manera en la SRL no pagaran impuestos por ser distribución de beneficios por ser la srl socia de la cooperativa.

Buenos días, Emmanuel. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, sí, estaría exento de la retención debido a que las cooperativas tienen una tasa única, pero ya el impuesto está contemplado.

 

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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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