lunes, 30 de octubre de 2023 21:50

Cerrado

Estimacion de ITBIS en bienes muebles

Saludos,

¿Que monto de ITBIS debo considerar cuando alquilo un bien inmueble amueblado, pero el contrato no especifica el monto de alquiler correspondiente a los bienes muebles y el monto de alquiler correspondiente a los bienes inmuebles?

Solución oficial

Buenos días, Euclides. Gracias por contactarnos.

 

El literal 6 del párrafo II en el artículo 9 del Decreto 293-11 establece que, sin definirse el valor del alquiler de estos últimos, se presumirá que la base imponible de este impuesto la constituye un mínimo del 20% del valor total del servicio contratado.


A fin de recibir una respuesta vinculante sobre su caso en particular, le recomendamos realizar una consulta técnica, agotando el procedimiento indicado en el siguiente enlace: http://ms.spr.ly/612109ND0y

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.