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lunes, 16 de enero de 2023 14:29

Cerrado

Estan las empresas del estado excenta del la declaracion del IR-2

Buenas,

Favor de indicarme porque estan excenta de la declaracion del IR-2 Empresas del estado

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Pamela. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, las entidades estatales, sus dependencias y las instituciones sin fines de lucro que son creadas a través de decretos y/o leyes especiales gozan de una exención general de tributos, impuestos, tasas, contribuciones especiales de carácter nacional o municipal, vigentes o futuros, siempre y cuando se encuentren al día en el cumplimiento de los deberes formales puestos a su cargo por las leyes.

 

Este tipo de entidades presentan la Declaración ISFL-01 y no el IR-2.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

@Comunidad de Ayuda DGII​ 

Favor de suministrar la base legal donde se requiera que las empresas estatales requieran la declaracion de ISFL-01.

Gracias anticipadas

Buenas tardes, Pamela. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

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Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

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Buenos días, Pamela. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que, considerando que por su naturaleza las entidades estatales gozan de un tratamiento especial por las leyes que las crean, toda vez que desarrollen actividades de interés público o de beneficio para toda la sociedad gozarán de una exencián general de tributos, por lo que, deberán presentar de manera informativa sus ingresos y egresos a través del mismo formulario dispuesto por esta Dirección General para las entidades no lucrativas.

 

No obstante, cuando dichas entidades desarrollen actividades diferentes a las que fueron creadas y con el fin de generar rentas o cualquier otra forma de beneficio, debe cumplir con los deberes formales y obligaciones fiscales ordinarias que incluye la presentación del IR-2 y sus Anexos.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

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