Perfil de Héctor Mendez Jose

miércoles, 8 de septiembre de 2021 16:33

Cerrado

Establecimientos Permanentes (Art. 270 CT)

Saludos a todos, tengo una duda con relación a los "Establecimientos Permanentes" formalmente registrado en la DGII, ¿deben cumplir con todas las obligaciones tributarias?, es decir, pagar anticipos, realizar aportes a la Seguridad Social, al INFOTEP, etc.,

oriéntenme.

This conversation is no longer open for comments or replies and is no longer visible to community members.

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días Héctor. Gracias por escribirnos.

 

Un establecimiento permanente es un lugar fijo de negocios donde se efectúa toda o parte de la actividad económica de una persona física o jurídica extranjera.

 

En ese sentido, debe cumplir con todas sus obligaciones fiscales.

 

Para más detalles, le exhortamos comunicarse con el oficial de control asignado en la administración local que le corresponde, a fin de que se puedan realizar las verificaciones de su RNC/cédula y puedan brindarle la información de manera particular.


Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.

 

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle, Héctor.

hace 3 años

Muchas gracias!

Gracias a usted por utilizar nuestra Comunidad de Ayuda.