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¿Es obligatorio el registro en el Ayuntamiento de los contratos de venta condicional de vehículos de motor?
Actualmente, ¿es obligatorio el registro en el Ayuntamiento de los contratos de venta condicional de vehículos de motor? Con la entrada en vigencia de la Ley 45-20 sobre Garantías Mobiliarias, ¿este trámite aún se exige hoy día o solo basta con la inscripción en el Sistema Electrónico de Garantías Mobiliarias?
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 8 meses
Buenos días, José. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, para colocar una oposición por venta condicional es obligatorio depositar la copia del contrato de venta condicional, registrado en el ayuntamiento, que contenga los datos del medio fehaciente de pago utilizado, vendedor y comprador.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
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