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Error en acogencia al facturador Gratuito
Buenos dias
Estaba realizando la acogencia de una persona fisica y que pertenece al RST, al facturador gratuito de la DGII y me arrojaba un error. al verificar y tratar de solicitar un certificado de impuestos al dia me decia que estaba omiso porque no reporto el ITBIS de octubre 2023. Estimo que antes de ingresar al regimen no se declaro ese mes y procedi a declararlo ( no dio a pagar ya que da servicios de salud los cuales estan exentos).
Ahora cuando trato de solicitarlo me aparece que esta omiso de las declaraciones de ITBIS de 2024 a la fecha.
Como puedo hacer para solucionar esto ya que la persona al estar en el RST no declara ITBIS mensuales pero al realizar la del 2023 parece que se activo la obligacion?


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
27.9K Mensajes
hace 2 meses
Buenos días, Daniel. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, en caso de que continue con la obligación del ITBIS activa estando en el RST y no le corresponda, debe solicitar la inactivación a través de la Administración Local a la que pertenece depositando una carta de solicitud firmada (si es una persona jurídica debe estar timbrada, firmada y sellada) o por correo electrónico analistasrst@dgii.gov.do o avisosrst@dgii.gov.do.
Nota: El tiempo de respuesta para la inactivación o modificaciones a las obligaciones fiscales de 15 días laborables, luego de su recepción.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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