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ENVÍO DIFERIDO DE E-CF
Buenoas días,
Donde puedo encontrar información específica sobre el ENVÍO DIFERIDO DE E-CF para las ventas rancheras, el procedimiento para aplicar a esta modalidad.
En la DGII solo veo el borrador, en a Ley 32-23 no lo veo.
Saludos.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 1 año
Buenas tardes, Norys. Gracias por contactarnos.
Le informamos que la información solo está disponible en el borrador del REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY NÚM. 32-23 DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA DE LA REPÚBLICA DOMINICANA.
El contribuyente que opte por acogerse al envío diferido de e-CF, deberá realizar una solicitud formal a la DGII una vez hayan sido certificados como emisores electrónicos, describiendo su modelo de negocio y motivo de la solicitud, luego de estar autorizado deberá cumplir con lo indicado en el Párrafo II del borrador.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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