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ENVIO EN EL 607 DE UN PROVEEDOR INFORMAL
Buenas
tengo una pregunta, debe una persona física asalariada presentar el formulario 607 por un ingreso extraordinario realizado via un proveedor informal.
en espera de sus comentarios
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Buenas
tengo una pregunta, debe una persona física asalariada presentar el formulario 607 por un ingreso extraordinario realizado via un proveedor informal.
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Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
12.2K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes, Leidys. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, las Personas Físicas no registradas no poseen la obligación de presentar el Formato 607 por ingresos extraordinarios devengados de manera esporádica. El agente de retención es quien debe retener parte de los pagos que hace a terceros, como impuesto del perceptor de la renta, por lo que, debe reembolsar a su cliente tanto el valor del ITBIS como del ISR, para que este a su vez cumpla con el deber formal de declarar y pagar a la Administración Tributaria.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
(Editado)
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