jueves, 15 de octubre de 2026

ENVIO DE FACTURA ELECTRONICA

SALUDO ME GUSTARIA CONFIRMAR SI UNA EMPRESA FACTURA ELECTRONICAMENTE TIENE QUE SEGUIR ENVIANDO EL 607 Y EL 606 Y LA NOTA DE CREDITO

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Solución oficial

Buenos días, Evelin. ¡Gracias por contactarnos!

 

Le informamos que entre los beneficios del uso de Facturación Electrónica se encuentra el siguiente:

 

 

  • No tienen la obligación de remitir los formatos 607 y 608 ni los Libros de Ventas, siempre que su facturación sea 100% electrónica.

 

 

En esta comunidad ya existe una pregunta que contiene la información que requiere. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: ‎CA3997 ¿Cuáles son los beneficios de utilizar facturación electrónica en República Dominicana? | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)   

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx. 

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

30 Mensajes

hace 14 días

Estimada:

Ahora que ha obtenido una respuesta oficial, me permito expresar mi opinión al respecto.

Una empresa que sea facturador electrónico ya no está obligada a enviar el formulario 607 ni a reportar las notas de crédito originadas por sus ventas.

Esto se debe a que las facturas y notas de crédito electrónicas, una vez emitidas por usted, son recibidas y validadas por la DGII, eliminando así la necesidad del envío del formulario 607.

En cuanto al formulario 606, una empresa que sea facturador electrónico aún está obligada a reportar todas las facturas y notas de crédito originadas en sus compras.

Saludos cordiales.