una factura B14 y es a crédito la subo en el 606 en forma de pago como compra crédito, debo volver a subirla en el mes siguiente cuando realice el pago aunque no se deba hacer ningún tipo de retención?
Buenas tardes Alexandra, según verificamos tu consulta fue respondida por el Sr. Pablo Ramos.
Solo debes enviar por segunda vez la factura de una venta a crédito cuando existe retención, a fin de completar las informaciones relativas al pago y a la retención realizada.
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No, solo se debe volver a reenviar una factura en el 606 para reportar una retención de ITBIS o ISR. Los datos de la forma de pago son de cómo fue emitida la factura al momento de la facturación, no quiere decir que si te la facturaron a crédito en el mes de junio, la mandas en el 606 de junio a crédito, y luego en el 606 de julio en cheque o transferencia o como la hayas pagado.
Buenas tardes Alexandra, si cuando emites la factura realizas un avance del pago, entonces en la columna 20 del formato 606 podrás seleccionar en forma de pago la opción “mixta”.
Importante: solo es necesario enviar por segunda vez una factura cuando existe retención, a fin de completar la transacción con las informaciones relativas a esta.
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Solución oficial
Patricia Suriel
1.4K Mensajes
hace 5 años
Solo debes enviar por segunda vez la factura de una venta a crédito cuando existe retención, a fin de completar las informaciones relativas al pago y a la retención realizada.
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Pablo Ramos Gamundi
93 Mensajes
hace 5 años
Saludos cordiales.
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Devorah Velazquez
2.6K Mensajes
hace 5 años
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