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martes, 28 de noviembre de 2023 20:26

Cerrado

Endoso o transferencia de mercancias en aduanas dominicanas?

Es habitual realizar endosos de mercancias o vender mercancias en origen, la interrogante es que al realizar  el endoso se esta realizando una venta, estamos obligados a dar un NCF  a esta empresa que se le endoso la carga?. El problema seria que si le entregamos un NCF B01, gravando el ITBIS, van a suceder , que el que recibe la carga va compesar el ITBIS por nuestra factura de venta y ademas tambien va tener el ITBIS por la nacionalizacion de la mercancias se va a compensar 02 veces el ITBIS. aplica o no dar un NFC cuando se endosa la mercancias y que tipo de NCF, y tambien como cargo ese costo de la mercacancia adqurida en extranjero ya que solo poseo una factura extranjera. Muchas gracias

Solución oficial

Buenos días, Luis. Gracias por contactarnos.

 

Sí, deben emitir números de comprobantes fiscales todas las Personas Físicas o Jurídicas domiciliadas en la República Dominicana que realicen operaciones de transferencia de bienes, entrega en uso o presten servicios a título oneroso o gratuito, debiendo conservar copia de los mismos.

 

La factura debe ser emitida a nombre de la sociedad o persona física que recibió el bien o servicio, es decir, del mismo contribuyente no a nombre de un tercero.

 

Le informamos que estos servicios siempre que estén relacionados a la actividad de exportación deben facturarse en el tipo de comprobante que corresponda atendiendo a la transacción y sin incluir el ITBIS, es decir, que si quien interviene en la operación se encuentra acogido a un Régimen especial de tributación deben emitirle un (B14) Comprobante para Regímenes Especiales, en caso contrario, deberá emitir un (B01) Comprobantes con valor fiscal (Facturas de Crédito) realizando las retenciones correspondientes.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

 

2 Mensajes

Hola, gracias de antemano, pero no es un servicio ni es una exportacion, es una importacion de mercancia (Aduana haina) el cual el BL esta a nombre X empresa y cuando llega la carga sin declarar la DUA, se hace el endoso a otra empresa. Pero esa empresa que adquiere la carga, desea una factura con credito fiscal, el cual va tener un ITBIS o un credito fiscal a favor, pero tambien cuando la empresa que adquirio la carga, la misma va a realizar su respectiva DUA o declaracion unica de aduanas, en el cual esa mercancia segun la partida arancelaria, paga ITBIS. En resumen dicha empresa va aprovechar 02 veces el ITBIS. Muchas gracias

Buenos días. Gracias por contactarnos. 



Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

Buenos días, Luis. Gracias por contactarnos.

 

En su caso particular, le exhortamos a realizar una consulta técnica, agotando los pasos indicados en el siguiente enlace: https://cutt.ly/kwmvdDQL

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

Buenas tardes, Luis. Gracias por contactarnos.

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.