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encf pagado en fecha posterior a la emision y aplicando retencion.
Hola buenas, una persona fisica que emita un encf en una fecha por ejemplo 1ro. de junio 2026 y la misma se la pagan en 15 de julio 2026 con las retenciones de isr e itbis, se debe reportar esa factura nuevamente en el formato 607 del mes de julio, con la fecha de retencion o no sera necesario reportarla nuevamente ya que el emisor es electronico?




Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 4 horas
Buenos días, Odalis. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que los emisores electrónicos no deben reportar los comprobantes electrónicos a crédito en 607 ni al momento de su emisión, ni al momento del pago.
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