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martes, 21 de noviembre de 2023

Cerrado

En que tiempo una persona fisica puede darse de baja en la DGII, despues de haberse registrado

Si una persona se registra ahora como contribuyente, puede en dos meses darse de baja sin ningun problema?

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Solución oficial

Buenas tardes, Noemi. Gracias por contactarnos.

 

Sí, en estos casos, lo que procede es cambiar su condición de contribuyente a registrado mediante la actualización o modificación de la actividad económica a una que no genere obligaciones tributarias.

 

Le informamos que las personas físicas no pueden inactivar su RNC, esto debido a que su RNC corresponde a su número de Cédula de Identidad y Electoral.

 

Importante:

·         Las personas físicas no pueden disolverse debido a que desempeñan una actividad económica bajo el ejercicio independiente de una profesión u oficio y su RNC es el número de Cédula de Identidad, a diferencia de las Personas Jurídicas que poseen una denominación social que se constituyen de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 479-08 sobre sociedades comerciales y empresas individuales de responsabilidad limitada (Modificada por la Ley 31-11), a las que se les reconocen como sujeto de derecho y facultades para contraer obligaciones civiles y comerciales.

·         Para pasar a la condición de registrado, debe estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

54 Mensajes

ok. y si se registra ahora como contribuyente persona fisica debe realizar la declaracion del IR-1 en marzo? aunque solo tenga un mes de operacion en el 2023.

(Editado)

Buenas tardes, Noemi. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que so dependerá de la fecha de inicio de operaciones. Las obligaciones tributarias de los contribuyentes se activan o modifican de manera automática en los siguientes momentos:

 

1.    En la fecha de inicio de operaciones declarada por el contribuyente al momento de su inscripción, cuando se trate de contribuyentes nuevos.

2.    A partir de la presentación de la primera declaración jurada de impuestos, en caso de que la realice antes de la fecha de inicio de operaciones.

3.    En la fecha de la aprobación del cambio, cuando el contribuyente realice una modificación de su actividad económica o el régimen de pago (entrada o salida de un régimen especial de tributación).

4.    Cuando el contribuyente realice el registro de empleados en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), para los casos del Impuesto a la Renta de Asalariados (IR3).


Importante:
En los casos de que el contribuyente no especifique la fecha de inicio de operaciones en el formulario de solicitud, la DGII asumirá como tal, el día de la inscripción.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.