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jueves, 11 de abril de 2024 20:08

Cerrado

En la facturación 607 de arena y grava debo colocar el 18% itbis?

Saludos, tengo una duda, yo como empresa de construcción debo facturar la venta de arena y grava exenta del 18%?

Lo pregunto porque como dichos materiales de construcción están exento de itbis quisiera que me aclaren esa duda.

Solución oficial

Buenos días, María. ¡Gracias por contactarnos!

 

Los materiales de construcción que se encuentran exentos del pago del ITBIS son la arena, la grava y el caliche o terreno arcilloso, siempre y cuando se comercialicen en estado natural, es decir, que no implique en modo alguno el someterle a algún proceso de transformación.

 

En ese sentido, si cumple con lo anteriormente indicado, debe facturar la venta de esos materiales sin transparentar el ITBIS en la factura.

 

Base Legal: Ley 11-92, Título III, Art. 335 y 336.

 

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