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En el RST las retenciones del 10% ISR son deducibles
Buenas, soy independiente (persona física) me retienen el 100% del ITBIS y el 10% de ISR, si me acojo al RST en la declaración anual me considerarán la retenciones que me hacen del 10%m con deducible del ISR. Esto es a raíz de que el decreto no contempla esta parte para la determinación de pago de impuesto.



Solución oficial
Patricia Suriel
1.4K Mensajes
hace 7 años
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Luis Felipe Núñez Rguez.
325 Mensajes
hace 7 años
Las retenciones de Impuestos Sobre la Renta (ISR) realizadas por terceros serán compensados con el Impuesto Sobre la Renta que dé pagar en las diferentes modalidades del RST, ahora bien en caso de que quede un saldo a favor no podrá ser compensado con el año fiscal siguiente; es decir, los saldos a favor se pierden no se compensan.
Ver base legal Decreto 265-19: Artículo 22 / Párrafo V.- Las retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) aplicadas a sus actividades económicas o profesionales podrán ser acreditables del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que resulte a pagar en el período fiscal sujeto al régimen, sin embargo, no podrán generar un crédito para períodos fiscales posteriores.
Sin otro particular, se despide
Cordialmente,
Luis Felipe Núñez Rguez.
Colaborador Comunidad de Ayuda DGII
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