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martes, 26 de agosto de 2025

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EN EL FORMATO 609, TAMBIEN ME RECONOCEN EL GASTO A PARTE DEL PAGO?

Cuando envío el formato de 609, este tambien me reconoce el gasto de lo pagado? o este formato es solamente para informar de los pagos realizado al exterior sin otro objetivo?

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Solución oficial

Buenos días, Auridilia. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el Formato de Pagos al Exterior (609), se utiliza para reportar los pagos efectuados a proveedores en el exterior que por su naturaleza no están amparados en Números de Comprobantes Fiscales, por ejemplo: pagos de intereses por préstamos, royalties, publicidad y similares.

 

Los comprobantes para pagos al exterior deben ser reportados en el formato de Compras de Bienes y Servicios (606) y en el Formato de Pagos al Exterior (609).

 

Consideraciones Importantes:

  • Al registrar un NCF para pagos al exterior en el formato 606, el campo RNC o Cédula debe ser completado con el RNC del contribuyente que emite el comprobante y no se debe incluir la retención del Impuesto Sobre la Renta.
  • La retención que conlleva este tipo de pagos debe ser reportada en la Declaración Jurada y/o Pago de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

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