jueves, 2 de octubre de 2025

Cerrado

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Si una empresa relacionada le factura servicios a la otra que se encuentra en puerto rico, esos servicios están exento del itbis

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Solución oficial

Buenas tardes, Guadalupe. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que sí, ya que los servicios exportados se encuentran exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), siempre y cuando sean prestados desde el territorio dominicano para ser utilizados y consumidos exclusivamente en el exterior por personas físicas o jurídica no domiciliada ni residente en la República Dominicana. No obstante, el pago del servicio debe ser con renta de fuente extranjera y no puede afectar renta ni gastos en República Dominicana, en virtud del Decreto 293-11, Art. 14, literal (j).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

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