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martes, 23 de enero de 2024 13:18

Cerrado

EMPRESA SERVICIOS INMOBILIARIOS

Hola! Soy nueva emprendiendo como contadora y me gustaría saber si me pueden apoyar con algo por favor… tengo un nuevo cliente que tiene una empresa de servicios inmobiliarios realizados a cambios de una retribución, mi cliente contrato a una constructora para que le realice la obra, el no tiene ninguna factura de gasto porque la constructora es la que ha realizado todo el proceso… solo tiene préstamos personales que los accionistas han realizado a la empresa y el contrato con la constructora… mi pregunta es, al final de la obra la constructora debe realizarle una factura con valor fiscal a mi cliente para que el se pueda deducir el gasto de la construcción, verdad? Y de ahí cuando el venda el inmueble entonces solo debe pagar el impuesto a la transferencia del inmueble?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Eli. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que, si está en un contrato a todo costo con la constructora, esta le emitirá una factura o cubicaciones según hayan acordado en la que se estaría incluyendo todos los costos incurridos en la construcción de la obra adicionales a los beneficios de la empresa constructora.

 

A fin de conocer como va a deducir los gastos, le exhortamos a consultar con el área de fiscalización de la administración local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.