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EMPRESA EN CESE TEMPORAL
SALUDOS, UNA EMPRESA CON ESTATUS CESE TEMPORAL, DEBE SEGUIR ENVIANDO LOS REPORTES 606,607, 608, E ITBIS DE DEMAS FORMULARIOS EN CERO, MENSUAL?
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SALUDOS, UNA EMPRESA CON ESTATUS CESE TEMPORAL, DEBE SEGUIR ENVIANDO LOS REPORTES 606,607, 608, E ITBIS DE DEMAS FORMULARIOS EN CERO, MENSUAL?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 25 días
Buenos días, Clara. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, con la notificación del cese por parte de la DGII hacia él o la contribuyente se suspenden todas sus obligaciones mensuales. Después de aprobado el cese solo debe seguir presentando la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta (ISR) o ISFL anualmente de manera informativa y continuar pagando el Impuesto Sobre los Activos, según corresponda.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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