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martes, 28 de enero de 2020 13:25

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EMPRESA DE PAPELERIA Y SERVICIOS PUBLICITARIOS PERSONA FISICA

Si una empresa de servicios de impresion, publicidad y papeleria en general (libretas, libros, lapices, etc), opera bajo persona fisica... ¿Cuales retenciones deben hacerle sus clientes? ¿Aplican las retenciones de ITBIS e ISR?

Solución oficial

502 Mensajes

hace 5 años

Buenos días Jennifer,

En atención a tus consultas, te indicamos lo siguiente:

Las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retener el 100% del ITBIS facturado cuando las Personas Físicas o proveedores informales le vendan bienes o presten servicios gravados con este impuesto. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento 293-11, artículo 25.

En la venta de bienes no se debe efectuar retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR), la retención del ISR solo aplica en la prestación de servicios.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 5 años

Depende del concepto de la factura es que se hacer la retencion del 100% itbis 10% isr 
si le pone servicio de copiado ect. si lo lleva
si le pone resma de papel no lleva retencion

ver norma 02-05

2.6K Mensajes

hace 5 años

Busca la norma 02-05 y la norma 05-2019.

No cabe retención, si está registrada.