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viernes, 17 de enero de 2025 14:12

Cerrado

Empresa de bebidas y servicio de delivery

Buen día, El servicio de delivery en una empresa cuya actividad es la venta de bebidas alcohólicas debe ser gravado o exento de itbis

Solución aceptada

Buenos días, Massiel. ¡Gracias por contactarnos!

 

Cualquier servicio adicional que tienda a modificar el valor de la transferencia, se facturen o no por separado.

Son consideradas como prestaciones accesorias las siguientes:

  1. Gastos de trasporte o flete;
  2.  Gastos de embalaje, envases y cualquier otro cargo que aumente el costo de este;
  3. Intereses por financiamiento y cualquier otro cargo, comisión o pena convencional que se hubiera hecho exigible o que hubieren sido percibidos anticipadamente en el periodo fiscal;
  4. Reajustes pactados al momento de realizar la transferencia o con posterioridad a ella, siempre que los mismo sean realizados de acuerdo con las costumbres de mercado.
  5. Cualquier otro concepto no descrito expresamente que tienda modificar el precio de venta.

Consideraciones Importantes:

 

Las prestaciones accesorias forman parte del valor de las transferencias y servicios gravados por el impuesto, salvo cuando se pruebe fehacientemente a juicio de la Dirección General, que dichas prestaciones corresponden a transferencias y servicios exentos o no gravados.
 
La propina legal o prestación de servicios en hoteles, moteles, aparta-hoteles y establecimientos afines no será considerada una prestación accesoria ni formará parte de la base imponible a los fines de la determinación del impuesto correspondiente a estos servicios.
 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.